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ACERCA DE LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

  • 18 feb 2017
  • 3 Min. de lectura

Cuando tenemos el propósito de prestar un servicio y/o entregar un producto, lo definimos y lo proponemos a las partes interesadas, y ellos esperan que lo ofrecido sea consistente con lo pactado en cada recepción, y es esto lo que nos mantiene confiables ante ellos como sus proveedores, el ser capaces de tener consistencia en la calidad durante el tiempo y en cada entrega.


La prestación de servicios y la venta de productos son dirigidas a diferentes aplicaciones y necesidades, pero cuando estos tienen que ver con Objetivos Legítimos y derechos Fundamentales, es obligación del estado proteger a los consumidores o usuarios e incluso sus entornos, por lo tanto, el Estado emite Reglamentos Técnicos a fin de proteger dichos derechos fundamentales y objetivos legítimos.


Para lo anterior el Estado creó el Sistema Nacional de Competitividad Ciencia Tecnología e innovación, y además por medio del decreto 1595 de 2015 actualizó y derogó aspectos del decreto 2269 de 1993 y estableció el actual Subsistema nacional de la calidad.


Este subsistema Nacional De Calidad “… tiene como objetivos fundamentales promover en los mercados, la seguridad, la calidad, la confianza, la productividad y la competitividad de los sectores productivo e importador de bienes y servicios, y proteger los intereses de los consumidores, en los asuntos relativos a procesos, productos y personas. “…coordinar las actividades que realizan las instancias públicas y privadas relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas sobre normalización técnica, elaboración y expedición de reglamentos técnicos, acreditación, designación, evaluación de la conformidad y metrología”.


Dentro de este compromiso con la protección de Objetivos legítimos y derechos fundamentales es importante que se aplique la evaluación de la conformidad de los productos y servicios sometidos a requisitos obligatorios lo cual se establece por medio de cada Reglamento Técnico.


La evaluación de la conformidad según cada Reglamento Técnico, permite a fabricantes e importadores apoyarse en los OEC (Organismos Evaluadores de la Conformidad) dentro de los cuales se encuentran los Laboratorios de Ensayo y/o Calibración, Organismos de Inspección, y de más OEC, que actúan como parte de la cadena de evaluación de la calidad del producto o el servicio, por medio de su Competencia reconocida al obtener la acreditación ante el ONAC en Colombia o ante el Organismo de Acreditación de cada país, y quienes pueden apoyar toda su labor en las Normas que emite Nuestro Organismo Nacional de Normalización ICONTEC, o el de cada País.

La acreditación significa "dar confianza" a todas las partes interesadas y por ello le permite beneficios integrales a diferentes actores, tanto internos como externos.


Dar confianza es demostrar la competencia como entidad y como persona, lo cual incluye todo un conjunto de componentes basados en normas para: SGC, productos, instalaciones, equipos, personas, condiciones ambientales, insumos, materias primas, entre todo lo que conocemos como entradas a un proceso y la gestión de ellos, así mismo es indispensable ser CONSISTENTE en el tiempo, para que mantengamos nuestra competencia en los niveles de calidad que establecimos al iniciar y que están en una mejora continua, por eso Acreditarse como OEC ante el organismo de Acreditación reconocido en cada país y basarse en Normas de los Organismos de Normalización, es el camino correcto para demostrar nuestra competencia y dar confianza al consumidor que lo establecido en un Reglamento Técnico para proteger sus objetivos legítimos y/o derechos fundamentales, está cubierto al recibir el Certificado emitido por un Organismo de Certificación Acreditado, quien interactuó con los correspondientes OEC parte de la evaluación de la conformidad establecida en el R.T.


 
 
 

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